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Corte Constitucional
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Boletín de prensa 14 de abril de 2011
EL TIEMPO
UNIONES DEL MISMO SEXO GANARON EL DERECHO A HEREDAR A SU PAREJA
A las comunidades de homosexuales solo les faltan los derechos a adoptar y a contraer matrimonio.
Al revisar una demanda de constitucionalidad contra 18 artículos del Código Civil referentes al tema de la herencia, la Corte Constitucional tumbó la limitación que existía para que los bienes pasaran legalmente solo entre cónyuges.
La demanda pretendía reconocer explícitamente ese derecho a los compañeros permanentes (parejas en unión libre) y, por extensión, los magistrados ordenaron aplicarlo a las parejas homosexuales. La ponencia inicial, del magistrado Jorge Pretelt, no fue apoyada por la mayoría, pues remitía al Congreso el capítulo de la sustitución en parejas gays.
Desde mediados de la década pasada, con varias demandas y tutelas, esas comunidades han logrado que la Corte Constitucional amplíe el espectro de sus derechos.
Los magistrados eliminaron las distinciones en materia de sustitución pensional, afiliación en salud y prestaciones sociales.
Los artículos fueron declarados exequibles, pero en forma condicionada, "siempre y cuando la porción conyugal se entienda que se entiende a la compañera o compañero permanente y a parejas del mismo sexo", dice el fallo.
La Corte exhortó al Congreso para que legisle sobre las uniones maritales de hecho y las parejas del mismo sexo.
"Es un tema de trascendencia social que merece debate en el Congreso", dijo el presidente de la Corte, magistrado Juan Carlos Henao.
La porción conyugal es la parte de los bienes que deja una persona al fallecer y que por ley le corresponden a su cónyuge, para manutención y sobrevivencia.
La Corte, de todos modos, precisó que esta decisión "solo tiene efectos patrimoniales" y que no altera el concepto de familia que está vigente (unión entre hombre y mujer con fines de procrear) y que es objeto de una de las demandas de la comunidad gay.
En este momento, el mismo Tribunal tiene en sus manos sendos procesos: el matrimonio entre parejas gays y su derecho a adoptar.
Reacciones al fallo
Mónica Roa, directora de la ONG Women's Links Worldwide, celebró la decisión de la Corte y aseguró que los magistrados están enviando un mensaje de reconocimiento de los derechos de las parejas homosexuales.
"Esperamos que la Corte mantenga la misma tendencia para otras decisiones como el matrimonio y la adopción en parejas homosexuales. Felicito a los magistrados, felicito a los líderes que lucharon por sacar adelante esta decisión y a la comunidad gay porque se les están reconociendo sus derechos", dijo.
Por su parte, Carlos Fradique, abogado experto en derecho civil y de familia, aseguró que la decisión "viola abiertamente la Constitución.
"El artículo 42 establece que el matrimonio sea consensual y debe celebrarse entre hombre y una mujer (...) Si el beneficio de la porción conyugal que establece el Código Civil que es exclusivamente para las personas que viven en matrimonio heterosexual y la Corte dice que debe ser para matrimonios de parejas del mismo sexo es una decisión abiertamente inconstitucional".
Agregó que los efectos colaterales del fallo pueden ser incluso una institucionalización de la bigamia y la poligamia.
"Una persona que está casada puede también simultáneamente tener unión marital de hecho y se les están reconociendo los derechos a las dos uniones. La Corte no deja abierto ningún requisito y entonces puede concurrir tanto la cónyuge y la esposa a reclamar su pensión".
Entrevista con Germán Rincón Perfetti
¿Qué implica la decisión de la Corte?
La cuestión es que las uniones maritales no podían heredarse a sí mismas, mientras que los matrimonios sí podían ser herederos mutuos. Entonces la Corte pasó hoy una demanda específica y general para todas las parejas. Y hace que en este momento casi que queden en igualdad de condiciones las parejas que viven en unión libre con las parejas casadas, porque esa era de las poquitas cosas que faltaban.
¿Cuál es la consecuencia de esta decisión?
Yo pienso que la consecuencia es enorme porque más del 50% total de parejas de este país, de toda clase de parejas, viven en unión libre no en matrimonio. La unión libre siempre ha sido de segunda categoría porque tienen menos derechos que el matrimonio pero resulta que es la misma convivencia.
Lo que hizo la Corte Constitucional, hoy, con esto fue hacer que las parejas de unión libre -hombre y mujer, mujer y mujer, cualquier pareja porque eso cobija a todas- en este momento tengan menos distancia o más derechos adquiridos y se acerquen mucho más a todos los derechos que tiene el matrimonio.
Yo diría que en este momento sólo queda una pequeña cosa, de resto todos están casi que en igualdad. Era un tema de justicia social para la mayoría de las parejas en este país que viven en unión libre.
¿Cuál sería el siguiente paso a seguir con respecto a las parejas homosexuales?
Esto que te estoy diciendo es de parejas en general. Con respecto a homosexuales estamos esperando dos cosas, uno que es el fallo de matrimonio, y el otro el de adopción. De eso es de lo que estamos pendientes.
Este fallo era en general, no sólo para parejas del mismo sexo hasta donde yo tengo entendido por la demanda. Esto iguala un poco más el tema para que las parejas que viven en unión marital de hecho no tengan ciudadanías de segunda categoría.
EN CONGRESO SE RADICARON PROYECTOS PARA CASTIGAR A CONDUCTORES EBRIOS
En Cámara se presentó uno de la representante Gloria Stella Díaz, y en el Senado el de Roy Barreras.
Si bien los dos en el fondo tienen el mismo propósito, que es controlar a los conductores ebrios, el hecho generó incomodidad entre Barreras y los voceros de los partidos en la Cámara (Vea acá una entrevista con el Senador Roy Barrera sobre proyecto de ley de conductores ebrios).
Barreras tenía todo listo para radicar su proyecto en compañía del ministro del Interior, Germán Vargas Lleras, pero los representantes se le anticiparon y llevaron al jefe de la cartera política para que los acompañara primero a la presentación de su iniciativa.
El senador de 'la U' llegó intempestivamente hasta el salón Luis Carlos Galán, donde desarrollaban su acto los representantes, y visiblemente molesto tuvo que esperar a que allí se surtiera el proceso, para llevarse a Vargas a la Secretaría de Senado para radicar el propio.
Los voceros de los partidos en la Cámara de Representantes se comprometieron a darle trámite a un proyecto de la congresista del Mira Gloria Stella Díaz, el cual ya está radicado y publicado.
El punto principal de esta iniciativa es excluir el beneficio de la casa por cárcel para quienes conduzcan borrachos y en ese estado ocasionen lesiones o la muerte de un peatón.
El de Barreras implementa el arresto preventivo de 8 a 30 días a quien sea hallado conduciendo borracho, y eleva las penas si el conductor ocasiona la muerte de alguien.
En medio del acto en el cual la Cámara de Representantes manifestó su apoyo al proyecto de Díaz, el ministro del Interior, Germán Vargas, radicó el proyecto que modifica el régimen municipal.
Esta iniciativa contempla que los municipios de frontera celebren convenios con entidades territoriales limítrofes del mismo nivel, para desarrollar programas de cooperación e integración.
Igualmente, se implementa la capacitación para los concejales de parte de la Esap y el Sena.
LA CÁMARA CONOCERÁ DE DIFERENDOS LIMÍTROFES ENTRE DEPARTAMENTOS
Así lo contempla un proyecto de ley aprobado en último debate por la plenaria de la corporación.
Ayer pasó a conciliación un proyecto de ley que entrega facultades para que la Comisión de Ordenamiento Territorial de la Cámara asuma los casos de diferencias limítrofes entre los departamentos y elabore un proyecto de ley para determinar la solución de esas diferencias.
Según el representante a la Cámara del Partido Liberal Guillermo Rivera, "lo que el proyecto modifica es la competencia exclusiva que tenía la Comisión de Ordenamiento Territorial del Senado para dar trámite a la solución de los diferendos limítrofes entre departamentos".
Rivera agregó que "con este proyecto la Cámara de Representantes también adquiere competencia para ese propósito y el argumento es elemental: la Cámara es elegida en circunscripción departamental y por lo tanto es razonable que adquiera la competencia, con su Comisión de Ordenamiento Territorial, para participar de los procedimientos para resolver diferendos limítrofes entre departamentos".
De acuerdo con la norma, cada que se vaya a resolver un diferendo limítrofe, incluso cada vez que se vaya a tomar la decisión de convocar a los ciudadanos afectados por un cambio de jurisdicción (que se hace mediante una consulta) deberá ser autorizada primero por la Comisión de Ordenamiento Territorial de la Cámara.
"Será mediante un proyecto de ley ordinario, y una vez recogida la información sobre el diferendo limítrofe se lo tramita en la Cámara. Esta era una competencia que tenía de manera exclusiva el Senado", explicó Rivera.
A MAYOR DESEMPLEO MÁS REGALÍAS PARA LAS REGIONES
Fue aprobado en quinto debate el proyecto de ley de reforma a las regalías.
Como equitativo y a tono con la justicia que han reclamado por décadas las regiones más atrasadas del país fue catalogado el proyecto de reforma a las regalías, por parte de los integrantes de la Comisión Primera del Senado, que avalaron la iniciativa a través de la cual se plantea una nueva forma de distribuir las regalías en el país, ahora con criterios basados en la pobreza y las necesidades básicas insatisfechas, y no solo para las regiones que ponen el suelo para extraer los recursos naturales.
Desde la mañana, tras la exposición de motivos del coordinador ponente, Roy Barreras, se empezaron a adherir los adeptos a esta propuesta que, finalmente, incluyó los porcentajes que le asignarán a los fondos que harán parte del nuevo sistema nacional de regalías. En definitiva, el tema de ciencia y tecnología quedó con su 10 por ciento, propuesto desde el inicio, lo mismo que el Fondo de pensiones territoriales (Fonpet). Ahorro y estabilización tendrá un 30 por ciento, equivalente al 20 por ciento de las asignaciones directas, es decir, las que irán para las regiones productoras.
Fondos de compensación Regional y Desarrollo regional tendrán el 80 por ciento restante de rubro.
La novedad fue la asignación del 2 por ciento del total de las regalías para fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos, lo mismo que para el conocimiento y cartografía geológica del subsuelo, idea que se trae desde el inicio del proyecto, pero sin que hasta ahora se hubiera concretado nada, en especial, en materia de recursos para dicha fiscalización.
Para el proyecto hubo más elogios que críticas. Por unanimidad, todos los legisladores apoyaron la idea de redistribuir las regalías. Inclusive, el temor de que las regiones productoras tengan una disminución de ingresos por regalías, fue resuelto, al explicar que bajará el monto en regalías directas, pero las asignaciones serán recompensadas a través de los demás fondos, que también serán para inversión regional.
El senador Luis Carlos Avellaneda, del Polo Democrático fue el único que se opuso al proyecto, al argumentar que se trata de una iniciativa antitécnica y describió un cálculo que sustenta la reducción de recursos que tendrán las regiones. Los porcentajes que más decrecen son los de los fondos regionales mientras se aumenta el del ahorro".
Al concluir el debate, todos estuvieron de acuerdo en que el proyecto fue ajustado y mejorado en el transcurso de estos cinco debates que lleva hasta ahora. Por tratarse de un acto legislativo que reforma la Constitución, tendrá que pasar tres debates más antes de convertirse en ley.
LA ACCIÓN AFIRMATIVA NEGADA
Miguel Ángel López-Hernández
¿Cómo reducir la desigualdad social en Colombia? La respuesta es la Acción Afirmativa.
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Hablar desde un país con profunda desigualdad social sobre la inconveniencia de las acciones de igualdad diferenciada y pasar a llamarlas "actos de retroceso para la democracia" es, en sí, una acción de inconciencia histórica.
La Acción Afirmativa es una herramienta de restauración de esos mismos derechos y deberes que han sido históricamente esquilmados a una determinada población. El análisis de la naturaleza de este hecho sobrepasa la dimensión individual de aquel que pretende pluralizar su suerte particular; en tal sentido, es común escuchar: "soy negro, me la he jugado solo y me ha ido bien". Interpretar la experiencia afortunada de unos pocos como referente ideal es una falta de perspectiva.
En primer lugar, se requiere poner en contexto el tema, identificar el sistema sociopolítico bajo el cual se ha movido y se mueve el país. El funcionamiento de la sociedad colombiana mayoritaria ha sido piramidal y los ejes originadores de desigualdades han permanecido, en su esencia, en las transiciones colonia-república unitaria y de esta a la nación multiétnica y pluricultural actual: 'riqueza monopólica', 'justicia privada', 'Estado al servicio de los poderes particulares' y la vieja confrontación entre los mandatos de la metrópolis monárquica y la administración indiana reflejada en la fórmula: "se obedece, pero no se cumple", se ha mutado en el lema popular: "hecha la Ley, hecha la trampa"; todo ello ha conducido a Colombia al segundo lugar en la lista de la inequidad social en América Latina.
Pero es necesario evidenciar la transversalidad que encierra esta discusión: 'racismo', 'intolerancia política y religiosa', 'explotación económica', 'minorías', 'periferias'...; el sistema de gobierno predominante a lo largo de la historia ha convertido la inclinación natural de competir en un sino trágico: ¡alguien tendrá que perder!... es decir, la pobreza y la miseria es condición 'sine qua non' de la especia humana. Tan solo en el pasado siglo XX tenemos tres picos incontestables de este problema: El Nazismo, el Apartheid y la Balcanización. Todos ellos frutos del leitmotiv del sistema: ¡Ganar!
Las culturas que le apostaron al ascenso de la técnica y sus artefactos de intimidación, abarcaron mayor espacio, casi siempre a través de la usurpación y la dominación. ¿Es necesario repasar los capítulos de vergüenza humana a lo largo de los trescientos años de gobierno colonial? Basta con unir los versos del autor del Himno Nacional, Rafael Núñez: "... cesó la horrible noche" con los versos del poeta José Asunción Silva: "... y eran una sola sombra larga...por el infinito negro, donde nuestra voz no alcanza", para visualizar la agonía de las confrontaciones colombianas: trescientos años de violación sistemática de los derechos para las poblaciones indígenas y de origen africano. Si le agregamos la lenta adaptación de la restauración de estos derechos a partir de la Ley 11 de 1821 de Liberación del Tributo Indígena y Reparto de las tierras de Resguardo y de la Ley 21 de mayo de 1851 de la Abolición de la esclavitud (incluyendo los alzamientos, rebeldías y demandas contra el Estado y la sociedad mayoritaria colombiana), entonces, aumentamos el tiempo de injusticia social a casi 500 años de duración.
¿Cómo restituir los derechos negados y escamoteados por siglos, en el período actual de tanta aceleración tecnológica? ¿Cómo reducir la brecha? La respuesta pensada y repensada es: ¡La Acción Afirmativa!, entendida como restitución directa de los derechos integrales a una población que le ha sido negada generación tras generación.
¿Quiénes cumplen con estas características en Colombia? Las comunidades indígenas, afrodescendientes y rom (gitanos), cuyos miembros llevan una vida signada al colectivismo, en donde cada uno de ellos asume su suerte atada a la suerte de su comunidad y/o pueblo. De igual manera acontece en la lucha por la equidad de género.
Son políticas de nivelación dirigidas hacia el logro de la igualdad efectiva en medio de una sociedad mayoritaria aún inclinada a factores colonialistas. La búsqueda es llegar a ser iguales ante la Ley desde nuestras singularidades biológicas y culturales, participar en el proyecto nacional a partir de nuestra propia autonomía territorial y cultural; sin adoptar posturas prefabricadas para ser bien vistos por los promulgadores del mestizaje cosmopolita, que tienden a ser veletas a merced de los vientos.
EL ESPECTADOR
HOMOSEXUALES TENDRÁN DERECHO A HEREDAR PATRIMONIO DE SU PAREJA
La Corte Constitucional instó a modificar parte del Código Civil que los inhabilitaba para ejercer el derecho.
Unión entre parejas del mismo sexo
A partir de ahora, los homosexuales tendrán derecho a heredar todo el patrimonio de sus parejas permanentes, en las mismas condiciones de los heterosexuales, luego de que la Corte Constitucional dejara sin efectos jurídicos varias de las disposiciones del Código Civil que vedaban a las parejas del mismo sexo a gozar de esos derechos.
Por ocho votos a uno, la Sala Plena ratificó la exequibilidad de la disposición que acredita el derecho a la sucesión sobre parte del patrimonio del compañero muerto, siempre y cuando ello cobije también a las uniones maritales de hecho y a las parejas del mismo sexo.
El presidente de la colegiatura, Juan Carlos Henao, recordó que la dispocisión determinaba que la herencia para el compañero sobreviviente estaba supeditada al cónyuge, es decir que condicionaba la exigibilidad del derecho a la preexistencia de un vínculo matrimonial que, insiste, dejaba por fuera a los dos tipos de pareja en mención.
Para el pleno ejercicio de esos derechos, el alto tribunal instó al legislativo a que expida nuevas normas civiles que avalen ese tipo de garantías, para quienes vivan en unión libre, sean heterosexuales u homosexuales.
Con ponencia del magistrado Jorge Ignacio Pretelt, la mayoría de los nueve integrantes de la Corte coincidió en que el hecho de que la norma consagrara en los matrimonios estos derechos patrimoniales de manera exclusiva era violatorio de los derechos fundamentales a la igualdad de quienes hacen parte de la comunidad gay, tanto como a quienes prefieren vivir bajo la denominada unión libre con su pareja del sexo contrario.
Cabe aclarar que la determinación se refiere, de manera exclusiva, a derechos en sucesión patrimonial, que en nada modifican las condiciones hasta ahora existentes para la adopción de menores y el matrimonio, que siguen siendo viables únicamente para las familias que conforman un hombre y una mujer.
La Corte Constitucional deberá referirse también al tema en los próximos meses, tras la existencia de una nueva demanda al Código Civil, que busca que se reconozca la naturaleza de la familia también a través de la unión de personas del mismo sexo.
AGARRÓN EN EL CONGRESO POR AUTORÍA DE PROYECTO QUE CASTIGA A CONDUCTORES EBRIOS
Dos iniciativas, que contemplan prácticamente el mismo fin, fueron presentado a la vez en el Senado y la Cámara.
Nuevo intento del Congreso para castigar a conductores ebrios
Un evidente enfrentamiento legislativo se registró la mañana de este miércoles en el Congreso de la República.
El protagonismo en la presentación de un proyecto que busca castigar a los conductores ebrios del país suscitó el agarrón entre los congresistas.
Mientras la representante Gloria Stela Díaz presentó un nuevo proyecto –que ya se había hundido– para quitar la casa por cárcel a los conductores ebrios que terminan afectando a algún ciudadano, el senador Roy Barreras radicó su propio proyecto -que también se hundió la semana pasada- buscando aplicar penas de cárcel de ocho a 30 días para los conductores sorprendidos manejando después de ingerir licor.
El malestar se evidenció en Barreras porque Díaz incluyó en el articulado de su proyecto la idea del senador de La U de castigar con cárcel a quien sea sorprendido conduciendo en estado de embriaguez.
De tal orden fue la pelea que mientras Díaz radicaba su proyecto, Barreras acudió al acto para expresar su inconformismo.
Aunque en ningún momento habló con la representante, sí fue a reclamarle a Germán Varón, vocero de Cambio Radical quien ya anunció el respaldo a la iniciativa, para pedirle que no le quitaran su idea.
El inconformismo de Barreras también se dio con Varón porque justó cuando él ingresó al acto donde se celebraba la radicación del proyecto, el vocero de Cambio se encontraba hablando de la inclusión del artículo que castiga en simple hecho de conducir tras ingerir licor.
Al ser consultado el ministro del Interior y de Justicia, Germán Vargas Lleras, acerca de cuál proyecto va a apoyar y respaldar el Gobierno, prefirió no pronunciarse y postergar su anuncio de patrocinio a alguna de las dos iniciativas.
Poco después del incidente, Roy Barreras bajó el tono a la polémica y dijo que es muy bueno que se radiquen varios proyectos sobre los conductores borrachos.
LICOR, GASOLINA Y POPULISMO
La lista de accidentes el pasado fin de semana aumentó la presión social sobre el Legislativo y lo llevó a revivir la discusión sobre el castigo para los conductores ebrios,...
La lista de accidentes el pasado fin de semana aumentó la presión social sobre el Legislativo y lo llevó a revivir la discusión sobre el castigo para los conductores ebrios, una discusión que había archivado el pasado 6 de abril cuando fueron rechazados por la plenaria del Senado dos cambios que se le pretendieron introducir a la Ley 599 de 2000: ocho a treinta días de arresto para quienes sean capturados manejando en estado de embriaguez y hasta 27 años de prisión para quienes causen muerte o lesión a otro por conducir borrachos —actualmente, por homicidio no doloso, la pena llega a 18 años—. Ambas medidas serán retomadas y discutidas en los días siguientes a Semana Santa, según lo anunciaron los voceros del Congreso. Las cifras ameritan la urgencia: en lo corrido del año ha muerto por la mezcla de gasolina y alcohol en promedio una persona cada día y se han inmovilizado, según la Policía, unos 14.000 vehículos en las vías del país. En agregados anuales se llega a los 40.000 heridos por accidentes que involucran a conductores ebrios.
La urgencia de retomar el tema no significa, sin embargo, tratarlo con afán. La gravedad del problema y su persistencia exigen normativas que puedan incluirse dentro de un proyecto comprensivo —con planes pedagógicos ininterrumpidos y vigilancia en el control— capaz de reversar la cultura permisiva con la conducción bajo estado de embriaguez. En este sentido, es interesante la intención de penalizar con días de cárcel a quien sea capturado conduciendo con tragos, así no haya estado involucrado en accidente alguno. El mensaje que envía tal medida es claro: mezclar licor y gasolina es todas las veces un delito en tanto constituye la decisión deliberada de aceptar ser un riesgo para los demás. Caso similar al de envenenar fuentes de agua así nadie beba de ellas; sólo hacerlo, haya o no víctimas, es atentar contra la sociedad. Algo que parece no ser muy claro para muchos, al punto que carece de rechazo social.
Con la ampliación de la pena hasta 27 años a quien cause muerte o lesión por conducir borracho, las ventajas son menos claras, pues ya de por sí los jueces —como en el caso de la buseta que se accidentó la semana pasada en la 116 con 19 en Bogotá— están interpretando como dolosa la imprudencia de manejar con licor. Esto implica hoy castigos que van de 18 a 40 años según el caso y la discreción del juez. La pena ya está y no parece haber necesidad de aumentarle, sino más bien hacer que se cumpla. Tiene poco sentido reglamentar sin necesidad casos específicos si el sistema quiere mantener la coherencia. Propósito general que, entre otras, incluye también la viabilidad de la aplicación de lo que se legisle.
Pensar cómo se van a hacer efectivas las medidas le corresponde también al Congreso. Claro, si lo que pretende es darle una solución real al problema y no satisfacer, en provecho propio, el clamor popular. Es fácil decidir que todo conductor ebrio pagará un par de días de cárcel. Más difícil es hacerlo cuando hay que tener en cuenta que la Fiscalía está colapsada, que no hay suficientes jueces de garantías y que las cárceles ya superan el 30% de hacinamiento. No se dice con esto que por restricciones no se deba legislar según lo correcto, sino que legislar correctamente supone reconocer las restricciones y ver la forma de resolverlas. La ampliación del derecho penal a la prevención y su función como garante es positiva, y lo sería mucho en el caso particular de que los colombianos asuman que manejar maquinaria pesada, como lo son los automóviles, bajo los efectos del alcohol o cualquier otra sustancia psicoactiva es, de suyo, un delito por negligencia. Pero no lograremos cambiar a través de la legislación la cultura si todo se sigue quedando en papel.
EL ESPECTADOR
'QUEDÓ CLARO QUE NO VA A HABER ADICIÓN PRESUPUESTAL': JUDICATURA
Angelino Lizcano, presidente de la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial, manifestó que lo que “quedó claro es que no va haber adición presupuestal” por parte del Gobierno en su Plan Nacional de Desarrollo, luego de la reunión protagonizada con el equipo económico, pese a su compromiso de tratar de aliviar parte del déficit presupuestal de la Justicia.
Dijo que parece que no va haber opción de recaudar 250.000 millones de pesos, que es el faltante de los 2,1 billones aprobados en el Presupuesto general de la Nación para el presente año.
No obstante, aclaró, el Ministerio de Hacienda se comprometió a estudiar qué fuentes de financiación pueden proveer al erario para satisfacer la demanda de liquidez, pues entiende que el sector está desprotegido.
Lizcano manifestó que el déficit histórico de más de 1 billón de pesos que enmarca a la ejecución de gastos e inversiones de la Rama Judicial seguirá siendo un objetivo que no se pueda alcanzar, luego de este diálogo, pero que va a haber un nuevo encuentro después de la semana de pascua, en el que se van a discutir nuevamente las fórmulas para que el Gobierno pueda entregar el dinero del presupuesto 2011 a la Judicatura.
EL NUEVO SIGLO
SE DISMINUIRÁN TRASLADOS DE INTERNOS ANTE AUTORIDADES JUDICIALES: ROBLEDO
Viceministro de Justicia manifestó que quedaron incluidas en proyecto de Seguridad Ciudadana inquietudes de C. Constitucional sobre vigilancia electrónica.
Los traslados de los reclusos ante requerimientos de las autoridades judiciales serán reducidos por cuestiones de presupuesto y seguridad, dijo el viceministro de Justicia Pablo Robledo.
En diálogo con EL NUEVO SIGLO explicó éste y otros temas incluidos en el proyecto de Estatuto Penitenciario y Carcelario.
EL NUEVO SIGLO: ¿Cuál es el objetivo del nuevo proyecto de Estatuto Penitenciario y Carcelario?
PABLO ROBLEDO: El nuevo Código Penitenciario y Carcelario es todo un estatuto que pretende reemplazar al vigente, que es el que aprobó la Ley 65 de 1993. Ese es un proyecto pensado en que el actor fundamental es el interno y su proceso de resocialización.
Se va a hacer un análisis de cada uno de los internos para determinar cuáles son sus características, su problemática y fundamentalmente saber hacia dónde hay que apuntar su resocialización, pensando en los programas que tenemos y habría que presentar en el futuro de educación y de trabajo, de acuerdo con las habilidades y competencias de cada interno para que el día de mañana pueda ser una persona útil a la sociedad.
ENS: ¿Cómo va a ser el tema de la concesión para el manejo administrativo de los centros de reclusión y las nuevas exigencias en el sistema de rendición de penas?
PR: Se establece la posibilidad de que los particulares tengan a su cargo la concesión de algunos establecimientos de reclusión para todo lo relacionado con la administración y las funciones que allí se ejercen, salvo lo relativo a la seguridad interna, que seguirá a cargo del Estado.
Se crea un estricto sistema de redención de penas para quienes quieran redimir pena con estudio, en donde quedará absolutamente prohibido que la sola presencia en esas entidades educativas genere el derecho a redimir pena; o sea, calentar puesto en cursos educativos no genera que se tenga derecho al tema de la redención. Es un sistema basado en logros, donde si el interno, cuando esté siendo partícipe de los procesos educativos, no obtiene los logros establecidos en cada etapa del programa, no tendrá beneficios.
De la misma manera, los programas de trabajo al interior de los centros penitenciarios también tienen que estar fundamentados en un sistema de logros. En relación con éste tema de trabajo, adicionalmente el proyecto prevé que las entidades privadas puedan celebrar convenios con el Gobierno para adelantar procesos que involucren el trabajo por parte de los internos.
ENS: ¿Van a hacer más exigente la otorgación de permisos a los reclusos?
PR: El proyecto pretende que en el futuro los permisos que les son otorgados hoy día a los internos, de 72 horas a 15 días, se concedan bajo condiciones especiales o bajo sistemas de vigilancia, como por ejemplo el tema de las manillas electrónicas, que permitan a las autoridades saber a ciencia cierta qué están haciendo esas personas que son sometidas a esos beneficios.
Se establece la posibilidad de que el Inpec le indique al juez o a la autoridad que requiere al interno, que por cuestiones de seguridad, o de orden público, o costos, se eviten los traslados de los centros penitenciarios a los lugares donde las autoridades los requieren y que las audiencias se hagan de manera virtual. Eso es muy importante, porque hoy buena parte del presupuesto del Inpec se gasta en una cantidad importante de traslados.
Se disminuirán en gran medida los traslados de los internos ante las autoridades que los requieren.
De otro lado, se establece la obligación de que se implementen mecanismos o instrumentos que permitan la interrupción de las comunicaciones no autorizadas, es decir, esas comunicaciones ilegales que hoy se producen al interior de las cárceles, fundamentalmente por el ingreso de celulares de manera clandestina.
ARRANCÓ TRÁMITE DE PROYECTO QUE GARANTIZA ATENCIÓN A DROGADICTOS
Se busca clasificar esta adicción como enfermedad de alto costo.
POR FIN se empezó a mover en su trámite legislativo uno de los proyectos que estaban estancados en el Congreso, el del tratamiento a las personas adictas a las drogas psicoactivas. Ayer la Comisión Séptima de Senado aprobó la iniciativa que establece esta adicción como una enfermedad de alto costo que debe ser atendida por el Sistema de Salud.
Esta iniciativa (No. 111/2010 Senado), de autoría del senador Juan Manuel Galán, se encontraba a la espera de recibir su primer debate desde el 27 de octubre pasado, cuando contó con ponencia positiva por parte de la comisión coordinada por la senadora Gilma Jiménez, de la cual también hacían parte Teresita García Romero y Dilian Toro.
El otro proyecto que sobre el tema permanece frenado es el 300/10 Cámara 248/10 Senado, que reglamenta el Acto Legislativo 02 de 2009, el cual prohibió la dosis mínima, y que establece medidas y tratamientos administrativos de orden pedagógico, profiláctico o terapéutico para las personas que consuman sustancias estupefacientes o psicotrópicas.
Esta iniciativa, que fue presentada por la administración de Álvaro Uribe, avanzó sin mayores problemas en la Comisión Primera y Plenaria de Senado, sin embargo frenó en seco en su trámite legislativo en la Comisión Primera de Cámara después de que el propio Gobierno señaló en una audiencia pública programada por esta célula legislativa, que no había cómo financiar los tratamientos de atención a las personas adictas en los términos que establece este proyecto.
Por esta razón la iniciativa sigue pendiente de su tercer debate en la Comisión Primera de Cámara, con ponencia que pide su archivo.
Las diferencias
El 20 de octubre pasado el ministro del Interior Germán Vargas Lleras expresó en una audiencia a la que fue citado por la Comisión Primera de Cámara, su preocupación por la inviabilidad presupuestal para garantizar los tratamientos de rehabilitación a las 320 mil personas adictas a estas sustancias, previstos en la reglamentación del Acto Legislativo 02 de 2009.
“Las cifras que nos ha enviado el Ministerio de Hacienda son desoladoras: más de once billones de pesos costaría la financiación de esta iniciativa y adicionalmente los tratamientos internos y externos”, aseguró el funcionario en esa oportunidad.
Sin embargo, Vargas admitió que el problema del consumo de estas sustancias es grave y el Gobierno debe darle solución con un proyecto que aplique medidas graduales que puedan ser viables desde el punto de vista económico.
No obstante, el proyecto 111/2010 Senado, como clasifica la adicción a las drogas y lícitas como enfermedad de alto costo, hace que estos tratamientos integrales sean parte del Plan Obligatorio de Salud (POS) a cargo de la red pública y las EPS.
“Lo primero que hay que asumir es que un adicto al alcohol o las drogas es un enfermo, y es una enfermedad catastrófica de alta complejidad y de alto costo”, señaló la senadora Jiménez. Añadió que “lo que este proyecto (No. 111/10) diferencia del otro es que debe ser apalancado a través del Sistema Nacional de Salud. O sea una persona adicta tiene que ser atendida de su enfermedad. No es un tema de que Hacienda coloque unas platas nuevas sino que el Sistema de Salud en su plan de beneficios tiene que garantizar los recursos y el apalancamiento para que ese proyecto de ley se vuelva una herramienta cierta que les permita a los adictos a las drogas lícitas o ilícitas ser tratados de manera adecuada”, explicó la senadora del Partido Verde.
En cuanto a los costos, Jiménez dijo que “podemos dar una cifra, pero todas las adicciones son distintas de acuerdo a cada persona. Por ejemplo, de acuerdo a la sustancia que estén consumiendo: la adicción al bazuco es inmediata, la adicción al alcohol es progresiva, la adición a otro tipo de drogas como la cocaína es progresiva, la de heroína es inmediata. Los cuerpos no responden todos igual, hay personas que con dos o tres consumos quedan adictos, y hay otras personas que son adictos sociales”.
EL ARTÍCULO 47 GANÓ OTRO ROUND
Aunque el concepto del Ministerio Público no es obligatorio para la Corte Constitucional, que analiza la ley estatutaria de reforma política, tiene un eco que no se puede subdimensionar. Al final, sólo queda la promesa gubernamental de objetar la norma que dejaría a 15 millones de ciudadanos por fuera de elecciones.
EL PANORAMA para los ciudadanos que no votaron en la segunda vuelta presidencial en junio del año pasado, ni han vuelto a inscribir su cédula durante el actual periodo con miras a habilitarse para los comicios regionales de octubre próximo, parece complicarse cada día más.
Como se sabe, el Congreso aprobó en diciembre pasado un proyecto de ley estatutaria “por medio del cual se adoptan reglas de organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, de los procesos electorales y se dictan otras disposiciones”.
Por tratarse de una norma de carácter estatutario, es decir que regla sobre derechos fundamentales, no entra en vigencia de manera inmediata, sino que requiere control previo de la Corte Constitucional, y si allí es avalada, entonces se procede a la respectiva sanción presidencial.
En la iniciativa el artículo más controvertido es el 47, sobre el Censo Electoral, pues sostiene que éste se conforma por: 1. Las cédulas de los ciudadanos que hayan sufragado en las últimas elecciones o en el último mecanismo de participación popular de carácter nacional, departamental o municipal, según el caso. 2. Las cédulas de ciudadanía que hayan sido expedidas por primera vez con posterioridad al certamen electoral o mecanismo de participación ciudadana previsto en el numeral anterior; y 3. Las cédulas de los ciudadanos que no figuren en el Censo Electoral por no reunir los requisitos citados y pidan ser inscritos en él antes de la nueva votación.
Se trata de un cambio sustancial, toda vez que si se aplica de manera taxativa dejaría a casi la mitad de los ciudadanos mayores de 18 años en Colombia sin posibilidad de elegir gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles.
Lo anterior porque la última cita a las urnas fue en junio de 2010, cuando a la segunda vuelta presidencial llegaron los candidatos Juan Manuel Santos y Antanas Mockus. Aunque el Censo Electoral era de 29.983.279 ciudadanos, sólo votaron 13.337.658, es decir que 16.645.621 no ejercieron ese derecho y, por lo tanto, al tenor de la ley estatutaria aprobada en diciembre pasado, no podrían sufragar en octubre próximo, a menos que se inscriban de nuevo en los puestos de votación.
Contrapunteo
La tesis de los defensores del controvertido artículo 47 se basa en que deben distinguirse dos escenarios distintos: uno, el censo de ciudadanos mayores de 18 años y sin ninguna restricción para ejercer sus derechos políticos y, dos, el censo propiamente electoral, que recoge a las personas que sí acostumbran ir a las urnas, o que no habiéndolo hecho en los últimos comicios, proceden al acto de inscripción de nuevo de su cédula, como constatación fáctica y voluntaria de que votarán en las próximas elecciones.
Otra cosa piensan el registrador Nacional Carlos Ariel Sánchez, el Polo Democrático y varios movimientos políticos, para quienes no es democrático dejar por fuera del Censo a más de 15 millones de ciudadanos. Incluso el partido de oposición recalca que como su candidato presidencial no llegó a segunda vuelta en junio pasado, entonces llamó a su militancia a ejercer la “abstención activa”, es decir a no votar como muestra evidente de que no comulgaba con ninguno de los dos aspirantes en competencia.
Como era apenas obvio, el Gobierno quedó en medio de toda la controversia y, en aras de no aparecer como un Ejecutivo que no daba garantías a la oposición, en la tercera semana de marzo se reunió con las directivas del Polo en la Casa de Nariño y allí les indicó que si la Corte Constitucional llega a avalar el artículo 47, la Presidencia de la República objetará la norma, de forma tal que el proyecto tenga que volver al Congreso.
Con esa maniobra, obviamente, no sólo evita la entrada en vigencia del Censo depurado, lo que implica que no aplicaría para los comicios de octubre, sino que da tiempo al Congreso para repensar las implicaciones del artículo 47 y proceder a reformarlo o, incluso, aceptar su hundimiento.
Ese anuncio del Gobierno pareció calmar los ánimos del Polo y otros partidos como el MIRA, que también dio libertad a sus militantes para asistir o no a las urnas en la segunda vuelta presidencial.
Pero…
Sin embargo, la alerta se volvió a prender esta semana, luego de conocerse el concepto que la Procuraduría General envió al magistrado Luis Ernesto Vargas, ponente del estudio de exequibilidad de la mencionada ley estatutaria.
Aunque desde algunos sectores se llegó a pensar que el Ministerio Público advertiría que era inconstitucional, por antidemocrática, la depuración drástica del Censo que se propone en la iniciativa, el concepto del procurador Alejandro Ordóñez al alto tribunal pide declarar ajustados al ordenamiento constitucional tanto el artículo 47 como el 48 (referido a los mecanismos de depuración permanente de la base de votantes).
“Las disposiciones relativas al Censo Electoral, en cuanto determinan objetivamente los grupos de cédulas que lo conforman, luego de depurar las cédulas de los ciudadanos que no pueden ejercer sus derechos políticos, son normas neutras de carácter técnico estadístico y, por consiguiente, no vulneran per se los principios, derechos y valores de orden constitucional”, precisa el concepto.
¿Qué puede pasar? Si bien la postura de la Procuraduría no es de obligatorio acatamiento para la Corte, es claro que tiene un peso específico dentro del examen que realiza el magistrado Vargas al proyecto de ley estatutaria y lo que podría ser la recomendación de su ponencia.
Por ahora, se espera que el alto tribunal convoque las respectivas audiencias públicas para que distintos sectores se pronuncien al respecto y, una vez surtido este paso, habría un lapso de pocas semanas para emitir la respectiva ponencia y que el pleno de los nueve magistrados adopte un fallo definitivo.
En el entretanto, a más de 15 millones de ciudadanos, o a los que de ese volumen aspiren a votar en octubre pero aún no han inscrito de nuevo su cédula, no les queda más que confiar en que el Gobierno cumpla su palabra de objetar el artículo 47 si la Corte lo declara ajustado al ordenamiento territorial
REFORMA A REGALÍAS AVANZA EN EL CONGRESO
La Comisión Primera del Senado de la República aprobó en quinto debate el proyecto de reforma constitucional de regalías. El proyecto está encaminado a que los recursos provenientes de la explotación minera y petrolera en Colombia y sus regalías se distribuyan de una manera equitativa entre los municipios y departamentos.
Durante el quinto debate se estableció que 2 por ciento de los recursos de las regalías se destinen para vigilar la minería ilegal en el país.
También la iniciativa estableció 10 por ciento para el ahorro pensional y una cifra igual para ciencia y tecnología. El proyecto establece la creación de tres fondos para el manejo de estos dineros.
El ministro de Hacienda Juan Carlos Echeverry explicó que la idea es que "la sábana de regalías alcanzará para cubrir a todos los colombianos".
En el debate de ayer se incluyó un artículo que contempla que para las regalías directas se establece un cuerpo colegiado, el cual va a decidir dónde van a invertirse los dineros.
Entre tanto, el ministro de Minas y Energía Carlos Rodado explicó que se incluyó un artículo para que 2% del total de las regalías sirvan para financiar de manera estable la fiscalización de las mismas regalías.
A su turno, el senador Luis Fernando Velasco dijo que el proyecto es clave porque "ya no será solo el gobernador" decidiendo sobre los recursos de las regalías. "Ahora vamos a tener muchos ojos en las regalías para que no se nos pierdan", explicó
REVISTA SEMANA
GRAN ALIANZA PARA LA CONMEMORACIÓN DE LOS 20 AÑOS DE LA CONSTITUCIÓN
Con la colaboración de diversas instituciones y con el apoyo editorial de Semana y Semana.com, los usuarios pueden conocer la historia y el desarrollo de la Carta Magna. Este jueves, lanzamiento de la iniciativa.
Este año, Colombia celebra dos décadas de uno de los hitos históricos de la política del país de los últimos años: la firma de la Constitución de 1991.
La Carta, firmada el 4 de julio de ese año, fue el producto de la participación de todos los sectores de la sociedad. Fue tal la apropiación y cohesión que generó el proceso, que muchos hoy se consideran los dueños de la idea original de impulsar una nueva Constitución.
Para algunos se trató de un pacto de paz, para otros fue la modernización del Estado y para otros una apertura a la inclusión de sectores que hasta ese momento no habían tomado parte en las decisiones importantes de la nación.
Veinte años después, hay qué celebrar pero también hay qué reflexionar sobre qué ha pasado con ese proceso político. Por esta razón, se ha creado la Alianza por la conmemoración de los veinte años de la Constitución.
En un esfuerzo compartido, las instituciones participantes, tanto de la sociedad civil como del Estado, realizarán foros académicos, publicaciones, debates y reflexiones con el ánimo de “crear consciencia de la importancia que representa la Carta Política, defender su legado histórico y la integridad de sus preceptos fundamentales y generar una pedagogía constitucional para la apropiación ciudadana de la Constitución”, reza el propósito de la Alianza.
Semana y Semana.com se unen a ese esfuerzo institucional que se lanzará este jueves a las 6:30 de la tarde en el Parlamento Andino.
Los usuarios de Semana.com pueden encontrar en nuestra página web columnas de opinión, entrevistas, análisis históricos y las versiones de los protagonistas de lo que fue y en lo que ha derivado ese proceso constituyente que se gestó a finales de los ochenta y se cristalizó en el 91.
La Alianza está integrada por: la Corte Constitucional; El Centro de Estudios Constitucionales, Plural; la Vicepresidencia de la República, La Revista Semana y Seman.com; la Corporación Viva la Ciudadanía, el Instituto de la Participación Ciudadana y la Acción Comunal, IDPAC; El Instituto de Estudios para la Paz, Indepaz; el Centro de Memoria Histórica y Paz del Distrito; el Parlamento Andino, La Defensoría del Pueblo; La Cámara de Representantes; el Programa de Desarrollo de la Naciones Unidas, PNUD; la Personería de Bogotá, La Escuela de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario; La Corporación Excelencia a la Justicia; el Grupo Estudiantil Desde las Aulas; la Red de Beneficiarios y Defensores de la Tutela, la Federación de Gobernadores, la Confluencia por la Democracia y contra la Guerra y la Confederación General del Trabajo, CGT.
HERENCIA ENTRE PAREJAS 'GAY', AMPARADA POR LA CORTE CONSTITUCIONAL
La decisión aplicará también para las parejas heterosexuales que se encuentren bajo la figura de unión libre o de hecho.
En un fallo de ocho votos a favor contra uno, la Sala Plena de la Corte Constitucional corroboró este miércoles la constitucionalidad de la medida que permite a quienes conviven con una pareja del mismo sexo o tienen uniones maritales de hecho reclamar todo el patrimonio de su compañero en caso de fallecimiento, tras tumbar varios apartados del Código Civil que les impedían ejercer este derecho.
Con ponencia del magistrado Jorge Ignacio Pretelt, los artículos que quedaron sin efecto fueron los 1016, 1045, 1230 y 1231, que, según la demanda, vulneraban los derechos fundamentales a la igualdad y al desarrollo de la libre personalidad. Las normas exigían antes la existencia previa de vínculo matrimonial para tener derecho a usufructuar los bien a heredar.
Juan Carlos Henao, presidente de la Corte Constitucional, aseguró que los magistrados decidieron "en el sentido de que no puede haber tratos discriminatorios y desiguales frente a las parejas que conforman uniones maritales de hecho, así sean del mismo sexo".
En el pronunciamiento, la Corte solicitó al Congreso que legisle tanto para reglamentar las nuevas condiciones del derecho a la sucesión del patrimonio, en el caso de las uniones libres y las ‘gay’, así como la adopción y el matrimonio para las parejas de idéntico sexo.
La determinación fue recibida positivamente por Mauricio Noguera, asesor legal de Colombia Diversa -organización que agrupa a parejas del mismo sexo-. Dijo, en diálogo telefónico, que lo "más importante es que no es un reconocimiento solo para las parejas del mismo sexo, sino un reconocimiento en general para las uniones maritales de hecho".
Sobre ambos temas se esperaba algún tipo de determinación este miércoles por parte del Alto Tribunal pero, por el momento, continuarán siendo prácticas que siguen estando reservadas para las parejas heterosexuales.
La Corte estudia esa posibilidad debido a una demanda presentada a fines del 2009 por dos lesbianas que alegan una violación a los derechos a la igualdad de una niña de tres años, hija de una de las mujeres, al no permitírsele que sea adoptada por la pareja de su madre.
Jerarcas de la Iglesia católica y la Procuraduría General se han manifestado en contra de esa adopción por parte de parejas del mismo sexo y han pedido a la Corte rechazar la demanda.
De acuerdo con Colombia Diversa, entre el 8 y el 10 por ciento de la población colombiana sería 'gay' y al menos 300.000 colombianos viven con una pareja del mismo sexo.
RCN RADIO
APRUEBAN DERECHOS PATRIMONIALES A PAREJAS PERMANENTES EN UNIÓN LIBRE
La Corte Constitucional determinó que las parejas en unión marital de hecho podrán reclamar parte del patrimonio del cónyuge fallecido, al proteger los derechos de muchas mujeres que tras varios años de convivencia quedaban en la calle tras la muerte de su compañero permanente.
La determinación del alto tribunal busca que no sean solamente los hijos extramatrimoniales o los concebidos dentro de la unión marital de hecho los que accedan al patrimonio, sino la compañera permanente del causante o fallecido.
El demandante, Martín Álvarez, explicó que esta determinación prestará una protección especial a la mujer quien ya no quedará desamparada patrimonialmente cuando los hijos de la es esposa o de relaciones por fuera de la unión marital queden en la calle.
El patrimonio propio incluye los bienes adquiridos antes y después de la convivencia permanente.
CARACOL RADIO
ODONTÓLOGO Y SU AUXILIAR SE SALVARON DE LA CÁRCEL PESE A OCASIONARLE LA PERDIDA DEL OJO A UN PACIENTE
Un odontólogo se salvó de ir a la cárcel al indemnizar a la paciente que perdió el ojo con un bracket e interpuso una denuncia por lesiones personales.
Así lo determinó la sala penal de la Corte Suprema al aprobar la suspensión de la acción penal ya que los médicos indemnizaron a la víctima con el pago 115 millones de pesos.
El odontólogo Rafael Ricardo Gómez y su auxiliar María Gladis Ceballos, fueron inicialmente condenados en el tribunal a 9 meses y 18 días, ya que fue la auxiliar y no el propio odontólogo quien le retiró los brackets.
En este procedimiento un alambre saltó al ojo de la paciente ocasionándole su perdida.
Dice la Corte que siempre y cuando no termine el proceso es viable una reparación integral o arreglo económico con la víctima.
CORTE CONSTITUCIONAL PIDIÓ AL CONGRESO LEGISLAR SOBRE LAS UNIONES DEL MISMO SEXO
La sala plena de la Corte Constitucional le pidió al Congreso de la República legislar sobre las uniones del mismo sexo y las uniones maritales de hecho.
Los magistrados manifiestaron que este llamado no hace parte del fallo que proferirá la Corte, en los próximos días, sobre el matrimonio gay, cuyo demandante es Felipe Montoya.
El presidente de la Corte Constitucional, Juan Carlos Henao, expresó que se requiere que el Congreso realice un debate ‘amplio y democrático’ sobre este tema de trascendencia social, sin que esto excluya la competencia que tiene el alto tribunal.
Agregó que Corte confinará estudiando todas las demandas que se presenten sobre reclamación de derechos de los homosexuales.